Titulo habilitante Todos los empresarios deberán contar con la habilitación o habilitaciones empresariales o profesionales que, en su caso (conforme a la legislación española), sean exigibles para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato.
No obstante, en el caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, estas habilitaciones se verificarán con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidos. Asimismo, cuando ésta exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la actividad de que se trate, deberán cumplir con estos requisitos.