- Trabajos realizados
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomándose como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y aquellos que constituyen el objeto del presente contrato: servicios relativos a la consultoría en materia de protección de datos y la implantación de sistemas de gestión para el cumplimiento del RGPD.
Requisito mínimo: Importe mínimo, referido al año de mayor volumen de negocio dentro del citado intervalo de tiempo, al menos de 9.030 euros /año.
Umbral: 9030
Periodo: 3 años
- Técnicos o unidades técnicas
- Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad:
Requisito mínimo: Deberá contar, al menos, con TRES consultores de los siguientes perfiles profesionales:
(i) Un Jefe de Proyecto con perfil de consultor jurídico en materia de protección de datos, con la siguiente experiencia y capacitación: Titulación superior de Ingeniero, Licenciado o de Grado. Al menos cinco años de experiencia en proyectos de consultoría y auditoría en protección de datos personales. Certificado como Delegado de Protección de Datos siguiendo el esquema AEPD-ENAC.
(ii) Dos Consultores Senior con, al menos: Titulación superior de Ingeniero, Licenciado o de Grado. Un mínimo de experiencia de tres años, en consultoría vinculada con la protección de datos personales.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales
- Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa. Requisitos mínimos: Estar en posesión de la certificación ISO 27001 o equivalente.
- Otros
- Medios personales mínimos que adscribir a la ejecución del contrato: Se establece la obligación de adscripción a la ejecución del contrato los medios mínimos personales requeridos como solvencia en el apartado F.3 y los que resulten de la oferta del adjudicatario. A tal fin deben especificarse los datos identificativos (nombres, apellidos, NIF) únicamente de los perfiles exigidos en solvencia técnica y/o profesional F.3.