PRIMERO. Adjudicar el contrato de Prestación del servicio de gestión de la vivienda tutelada para mayores mediante concesión de servicio público en las condiciones que figuran en su oferta y las que se detallan en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas a Servicios Asistenciales a la Comunidad-España, SL,
SEGUNDO. Son características y ventajas determinantes de que hayan sido seleccionadas las ofertas presentadas por los citados adjudicatarios con preferencia a las presentadas por los restantes licitadores cuyas ofertas fueron admitidas, las siguientes:
— Haber obtenido la mayor puntuación por parte del Comité de Expertos de acuerdo con los criterio de valoración definidos en el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares que rige en la presente licitación.
TERCERO. Publicar anuncio de adjudicación en el perfil de contratante en plazo de 15 días
CUARTO. Designar como responsable del contrato a don Justo Javier García Soriano, secretario general de la Corporación.
QUINTO. Notificar la adjudicación a los licitadores que no han resultado adjudicatarios.
SEXTO. Notificar a Servicios Asistenciales a la Comunidad-España, SL, adjudicatario/s del contrato, la presente Resolución y citarle para la firma del contrato que tendrá lugar el día 3 de octubre de 2018 en la Alcaldía de esta Casa Consistorial a las 12:00 horas.
SÉPTIMO. Publicar anuncio de formalización del contrato en el Perfil de contratante en plazo no superior a quince días tras la perfección del contrato y con el contenido contemplado en el anexo III de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
OCTAVO. Comunicar al Registro de Contratos del Sector Público los datos básicos del contrato incluyendo la identidad del adjudicatario, el importe de adjudicación, junto con el desglose correspondiente del Impuesto sobre el Valor Añadido.
NOVENO. Remitir al Tribunal de Cuentas una copia certificada del documento en el que se hubiere formalizado el contrato, acompañada de un extracto del expediente en que se derive. Todo ello, dentro de los tres meses siguientes a la formalización del contrato.