En esta fecha, en mi condición de órgano de contratación por delegación (BOE de 12-3-2020), de acuerdo con la propuesta de la Mesa de contratación de fecha 25 de julio de 2024, he resuelto:
PRIMERO- ADJUDICAR el contrato “FABRICACIÓN Y SUMINISTRO DE BOLARDOS A MEDIDA DE 100 TN DE TIRO PARA EL PUERTO DE BARCELONA”. Clave de expediente: 2024I080004. Ref. Servicio de contratación: 2024-00195 a SHIBATAFENDERTEAM SPAIN, S.L.U. (B-98909799) por un importe de 96.000 euros, IVA excluido y un plazo de ejecución del contrato de veinte (20) semanas.
SEGUNDO.- ORDENAR a la Subdirección General de Servicios Jurídicos y Contratación de la Autoridad Portuaria de Barcelona que notifique esta resolución a los interesados, proceda a su publicación en los medios oficiales que corresponda y elabore el correspondiente documento de formalización contractual.
Lo que se les comunica, con la indicación que contra la resolución transcrita podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación regulado en los artículos 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El plazo para interponer el recurso es de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que se haya notificado la presente resolución transcrita / desde el siguiente al de la publicación de la modificación del contrato.
La presentación del recurso podrá efectuarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso se deberá comunicar al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales de manera inmediata y de la forma más rápida posible. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
En caso de que no se opte por esta vía, cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa