Trabajos realizados - Artículo 90.1:
- Apartado: a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se deberá presentar una relación de los servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato realizados en los últimos tres años, incluyéndose el año de la licitación (2017, 2018 y 2019), en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se considerará acreditada esta solvencia cuando el importe anual acumulado de los servicios o trabajos en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 237.121,82 euros (IVA incluido). Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados, cuando le sea requerido por los servicios dependientes del órgano de contratación y estarán expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación
Umbral: 237121.82
Periodo: 2017, 2018 y 2019
Expresión: euros
Técnicos o unidades técnicas - Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará mediante la presentación del siguiente medio a que se refiere la letra b) del artículo 90.1 de la LCSP:
- Apartado b): Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquellos encargados del control de calidad.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: El coordinador responsable general que presente la licitadora para llevar a cabo el contrato deberá tener una experiencia en organización técnica de eventos superior a tres años. Se acreditara mediante curriculum o declaración responsable del empresario.
Para determinar que un trabajo o servicio es de igual o similar naturaleza al que constituye el objeto del contrato se atenderá a los tres primeros dígitos de los respectivos códigos de la CPV, pudiendo presentarse indistintamente trabajos que pertenezcan a cualquiera de los dos códigos CPV objeto del contrato.
Los presentes criterios de solvencia responden a la necesidad de establecer parámetros reguladores de la adecuación de los licitadores a la complejidad de la ejecución del presente contrato, caracterizado por la disposición de personal y material especializado.
Por otra parte, e igualmente debido a la complejidad de la ejecución y la necesidad de la disposición de personal y material especializado, se considera que el medio seleccionado para la acreditación de la solvencia técnica de las empresas de nueva creación es el más adecuados de entre los establecidos en las letras b) a i) del artículo 90.1 de la LCSP