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Anuncio de licitación

Número de Expediente 300/2019/01538
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 04-05-2021 a las 15:58 horas.

Adquisición de diversas prendas y artículos de uniformidad con destino a la Unidad de apoyo a la seguridad del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid

Contrato Sujeto a regulación armonizada
Si

  • Directiva de aplicación
    Directiva 2014/24/EU - sobre Contratación Pública
  • Valor estimado del contrato
    402.000 EUR.
  • Importe
    486.420 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    402.000 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • 3 Mes(es)
  • Tipo de Contrato
    Suministros
  • Subtipo
    Adquisición
  • Clasificación CPV
    • 35113400 - Ropa de protección y de seguridad.
    • 35811200 - Uniformes de policía.

    Proceso de Licitación

    • Procedimiento
      Abierto
    • Tramitación
      Ordinaria
    • Presentación de la oferta
      Electrónica
    • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
      : No
    • Sistema de Contratación
      No aplica
    Nº de Lotes: 7
    • Se debe ofertar:
      A uno o varios lotes
    • Número máximo de lotes a los que se puede presentar:
      7
    • Número máximo de lotes que se puede adjudicar a un licitador:
      7

    Entidad Adjudicadora

    Dirección Postal
    • Principe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España
    • ES300
    Contacto
    • Correo Electrónico
      agssyecontratacion@madrid.es

    Proveedor de Pliegos

    • Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias

    Plazo de Obtención de Pliegos

    • Hasta el 04/06/2021 a las 14:00
    Dirección Postal
    • Principe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Proveedor de Información adicional

    • Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias
    Dirección Postal
    • Principe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Recepción de Ofertas

    • Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias
    Dirección Postal
    • Principe de Vergara, 140
    • (28002)
      Madrid
      España

    Plazo de Presentación de Oferta

    • Hasta el 04/06/2021 a las 14:00

    Apertura de Ofertas Económicas y Documentación

    Apertura de Ofertas Económicas

    Acto público de apertura del sobre que contiene los criterios valorables en cifras o porcentajes

    • Apertura sobre oferta económica
    • El día 16/06/2021 a las 09:30 horas
    • Sesión a distancia/ entorno digital
    Lugar
    • Sesión a distancia/ entorno digital
    Dirección Postal
    • Príncipe de Vengara nº 140
    • (28002)
      MADRID
      España

    Tipo de Acto :
    Privado

    • Condiciones para la asistencia : Sesión a distancia/ entorno digital

    Otros eventos

    Acto de apertura del sobre de documentación acreditativa de los requisitos previos

    • Apertura sobre administrativa
    • El día 10/06/2021 a las 09:30 horas
    • Acto de apertura del sobre de documentación acreditativa de los requisitos previos
    Lugar
    • Sesión a distancia/ entorno digital
    Dirección Postal
    • Príncipe de Vergara n º 140
    • (28002)
      España

    Tipo de Acto :
    Privado

    • Condiciones para la asistencia : Sesión a distancia/ entorno digital

    Información del Anuncio Previo en Diarios

      Publicación en el DOUE

      • Fecha de envío
        24/10/2019

    Información del Anuncio de Licitación en Diarios

      Publicación en el DOUE

      • Identificador de publicación
        2020/S 121-294365
      • Fecha de publicación
        25/06/2020

      • Identificador de publicación
        2020/S 121-294365
      • Fecha de publicación
        25/06/2020


    Objeto del Contrato
    : Adquisición de diversas prendas y artículos de uniformidad con destino a la Unidad de apoyo a la seguridad del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid

  • Valor estimado del contrato
    402.000 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      486.420 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      402.000 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 35113400 - Ropa de protección y de seguridad.
    • 35811200 - Uniformes de policía.
  • Plazo de Ejecución
    • 3 Mes(es)
  • Lugar de ejecución
    • Subentidad Nacional
      Madrid
    • Código de Subentidad Territorial
      ES300
    • Dirección Postal
      • España

    Condiciones de ejecución del contrato

    • Se utilizará pedido electrónico : No
    • Se aceptará factura electrónica : Sí
    • Se utilizará el pago electrónico : No

    Lote 1: Cazadora impermeable

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        105.875 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        87.500 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 35113400 - Ropa de protección y de seguridad.
    • Clasificación CPV
      • 35811200 - Uniformes de policía.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
        - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Artículo 89.1, apartado e) de la LCSP: “Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará conforme a lo especificado en el apartado 8 del Anexo I del respectivo lote, del Pliego de Cláusulas administrativas Particulares.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: “Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.” Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Haber alcanzado en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles un volumen de negocios de, al menos 87.500,00 €. En caso de licitar a más de un lote, la solvencia a exigir será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los lotes a los que se licite. Medios de acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen de negocios global de la empresa de cualquiera de los tres últimos años concluidos (2017, 2018 y 2019).
        Umbral:
        87500
        Periodo:
        3 últimos años concluidos
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Embalaje
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 2
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 2
      • Precio
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 93
        • Expresión de evaluación : Pi: P= 93*N/M
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 93
      • Presentación del suministro
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5

    Lote 2: Textil soft shell

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        72.600 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        60.000 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 35113400 - Ropa de protección y de seguridad.
    • Clasificación CPV
      • 35811200 - Uniformes de policía.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
        - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Artículo 89.1, apartado e) de la LCSP: “Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará conforme a lo especificado en el apartado 8 del Anexo I del respectivo lote, del Pliego de Cláusulas administrativas Particulares.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: “Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.” Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Haber alcanzado en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles un volumen de negocios de, al menos 60.000 €. En caso de licitar a más de un lote, la solvencia a exigir será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los lotes a los que se licite. Medios de acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen de negocios global de la empresa de cualquiera de los tres últimos años concluidos (2017, 2018 y 2019).
        Umbral:
        60000
        Periodo:
        3 últimos años
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Embalaje
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 2
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 2
      • Precio
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 93
        • Expresión de evaluación : Pi: P= 93*N/M
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 93
      • Presentación del suministro
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5

    Lote 3: Pantalones técnicos

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        135.520 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        112.000 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 35113400 - Ropa de protección y de seguridad.
    • Clasificación CPV
      • 35811200 - Uniformes de policía.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
        - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Artículo 89.1, apartado e) de la LCSP: “Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará conforme a lo especificado en el apartado 8 del Anexo I del respectivo lote, del Pliego de Cláusulas administrativas Particulares.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: “Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.” Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Haber alcanzado en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles un volumen de negocios de, al menos 112.000,00 €. En caso de licitar a más de un lote, la solvencia a exigir será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los lotes a los que se licite. Medios de acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen de negocios global de la empresa de cualquiera de los tres últimos años concluidos (2017, 2018 y 2019).
        Umbral:
        112000
        Periodo:
        3 últimos años
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Embalaje
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 2
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 2
      • Precio
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 93
        • Expresión de evaluación : Pi: P= 93*N/M
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 93
      • Presentación del suministro
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5

    Lote 4: Polos técnicos

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        135.520 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        112.000 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 35113400 - Ropa de protección y de seguridad.
    • Clasificación CPV
      • 35811200 - Uniformes de policía.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
        - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Artículo 89.1, apartado e) de la LCSP: “Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará conforme a lo especificado en el apartado 8 del Anexo I del respectivo lote, del Pliego de Cláusulas administrativas Particulares.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: “Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.” Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Haber alcanzado en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles un volumen de negocios de, al menos 112.000,00 €. En caso de licitar a más de un lote, la solvencia a exigir será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los lotes a los que se licite. Medios de acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen de negocios global de la empresa de cualquiera de los tres últimos años concluidos (2017, 2018 y 2019).
        Umbral:
        112000
        Periodo:
        3 últimos años
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Embalaje
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 2
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 2
      • Precio
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 93
        • Expresión de evaluación : Pi: P= 93*N/M
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 93
      • Presentación del suministro
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5

    Lote 5: Boina negra modelo UAS

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        10.285 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        8.500 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 35113400 - Ropa de protección y de seguridad.
    • Clasificación CPV
      • 35811200 - Uniformes de policía.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
        - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Artículo 89.1, apartado e) de la LCSP: “Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará conforme a lo especificado en el apartado 8 del Anexo I del respectivo lote, del Pliego de Cláusulas administrativas Particulares.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: “Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.” Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Haber alcanzado en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles un volumen de negocios de, al menos 8.500,00 €. En caso de licitar a más de un lote, la solvencia a exigir será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los lotes a los que se licite. Medios de acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen de negocios global de la empresa de cualquiera de los tres últimos años concluidos (2017, 2018 y 2019).
        Umbral:
        8500
        Periodo:
        3 últimos años
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Embalaje
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 2
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 2
      • Precio
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 93
        • Expresión de evaluación : Pi: P= 93*N/M
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 93
      • Presentación del suministro
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5

    Lote 6: Bufanda de cuello anticorte

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        8.470 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        7.000 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 35113400 - Ropa de protección y de seguridad.
    • Clasificación CPV
      • 35811200 - Uniformes de policía.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
        - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Artículo 89.1, apartado e) de la LCSP: “Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará conforme a lo especificado en el apartado 8 del Anexo I del respectivo lote, del Pliego de Cláusulas administrativas Particulares.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: “Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.” Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Haber alcanzado en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles un volumen de negocios de, al menos 7.000,00 €. En caso de licitar a más de un lote, la solvencia a exigir será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los lotes a los que se licite. Medios de acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen de negocios global de la empresa de cualquiera de los tres últimos años concluidos (2017, 2018 y 2019).
        Umbral:
        7000
        Periodo:
        3 últimos años
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Embalaje
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 2
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 2
      • Precio
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 93
        • Expresión de evaluación : Pi: P= 93*N/M
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 93
      • Presentación del suministro
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5

    Lote 7: Guantes anticorte modelo UAS

    • Lugar de ejecución
      • País
        España
      • Subentidad Nacional
        Madrid
      • Código de Subentidad Territorial
        ES300
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        18.150 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        15.000 EUR.
    • Clasificación CPV
      • 35113400 - Ropa de protección y de seguridad.
    • Clasificación CPV
      • 35811200 - Uniformes de policía.

    Condiciones de Licitación

    Requisitos de participación de los licitadores
      Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal. Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro o representen a una persona jurídica, deberán acompañar escrituras o documentación acreditativa de las facultades del representante debidamente bastanteadas por un letrado de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Madrid.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • No prohibición para contratar
        - Las personas que pretendan contratar no podrán estar incursas en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 71 de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre de Contratos de Sector Público.
      • Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
        - Las empresas extranjeras deberán presentar declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponderles.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Declaración responsable conforme al modelo del Anexo VI relativa al cumplimiento de la obligación de contar con un dos por ciento de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes y al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia laboral, social y de igualdad efectiva entre mujeres y hombres. De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad. A estos efectos, los licitadores deberán aportar declaración responsable, conforme al modelo fijado en el Anexo VI sobre el cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social. De conformidad con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de contratación podrá hacer uso de sus facultades de comprobación en relación con el cumplimiento de las citadas obligaciones.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar
        - Artículo 89.1, apartado e) de la LCSP: “Muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante”. Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Se acreditará conforme a lo especificado en el apartado 8 del Anexo I del respectivo lote, del Pliego de Cláusulas administrativas Particulares.
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Artículo 87.1 apartado a) de la LCSP: “Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.” Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Requisitos mínimos de solvencia: Haber alcanzado en el mejor ejercicio dentro de los tres últimos años disponibles un volumen de negocios de, al menos 15.000,00 €. En caso de licitar a más de un lote, la solvencia a exigir será la suma de las solvencias exigidas para cada uno de los lotes a los que se licite. Medios de acreditación: Declaración responsable del representante legal de la empresa relativa al volumen de negocios global de la empresa de cualquiera de los tres últimos años concluidos (2017, 2018 y 2019).
        Umbral:
        15000
        Periodo:
        3 últimos años
    Condiciones de adjudicación
      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Embalaje
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 2
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 2
      • Precio
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 93
        • Expresión de evaluación : Pi: P= 93*N/M
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 93
      • Presentación del suministro
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 5
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 5

    Condiciones de Licitación

    Garantía Requerida Definitiva

    • Porcentaje
      5 %
    • Plazo de constitución
      • 2 Año(s)

    Garantía Requerida Complementaria

    • Porcentaje
      1 %
    • Plazo de constitución
      • 2 Año(s)

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre A Lote 1
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      1
    • Evento de Apertura
      Acto de apertura del sobre de documentación acreditativa de los requisitos previos
    • Descripción
      Documentación administrativa Lote 1

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre A Lote 2
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      2
    • Evento de Apertura
      Acto de apertura del sobre de documentación acreditativa de los requisitos previos
    • Descripción
      Documentación administrativa Lote 2

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre A Lote 3
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      3
    • Evento de Apertura
      Acto de apertura del sobre de documentación acreditativa de los requisitos previos
    • Descripción
      Documentación administrativa Lote 3

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre A Lote 4
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      4
    • Evento de Apertura
      Acto de apertura del sobre de documentación acreditativa de los requisitos previos
    • Descripción
      Documentación administrativa Lote 4

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre A Lote 5
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      5
    • Evento de Apertura
      Acto de apertura del sobre de documentación acreditativa de los requisitos previos
    • Descripción
      Documentación administrativa Lote 5

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre A Lote 6
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      6
    • Evento de Apertura
      Acto de apertura del sobre de documentación acreditativa de los requisitos previos
    • Descripción
      Documentación administrativa Lote 6

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre A Lote 7
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Nº Lote:
      7
    • Evento de Apertura
      Acto de apertura del sobre de documentación acreditativa de los requisitos previos
    • Descripción
      Documentación administrativa Lote 7

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre C Lote 1
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      1
    • Evento de Apertura
      Acto público de apertura del sobre que contiene los criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Oferta económica Lote 1

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre C Lote 2
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      2
    • Evento de Apertura
      Acto público de apertura del sobre que contiene los criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Oferta económica Lote 2

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre C Lote 3
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      3
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      Acto público de apertura del sobre que contiene los criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Oferta económica Lote 3

    Preparación de oferta

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      Sobre C Lote 4
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      4
    • Evento de Apertura
      Acto público de apertura del sobre que contiene los criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Oferta económica Lote 4

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    • Sobre
      Sobre C Lote 5
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      5
    • Evento de Apertura
      Acto público de apertura del sobre que contiene los criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Oferta económica Lote 5

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre C Lote 6
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      6
    • Evento de Apertura
      Acto público de apertura del sobre que contiene los criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Oferta económica Lote 6

    Preparación de oferta

    • Sobre
      Sobre C Lote 7
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Nº Lote:
      7
    • Evento de Apertura
      Acto público de apertura del sobre que contiene los criterios valorables en cifras o porcentajes
    • Descripción
      Oferta económica Lote 7

    Plazo de Validez de la Oferta

    • 2 Mes(es)

    Presentación de recursos

      Información sobre recursos
      • Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
      • Tipo de Entidad Adjudicadora Órgano de Contratación
      Dirección Postal
      • Plaza de Chamberí, 8; 5ª planta
      • (28014)
        MADRID
        España
      Presentación de recursos
      • Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid
      Dirección Postal
      • Plaza de Chamberí, 8; 5ª planta
      • (28014)
        Madrid
        España

    • Se aceptará factura electrónica


    Rectificaciones al Anuncio

    • Donde se decía ' 10/06/2020' ahora se dice ' 10/06/2021'