DECRETO DE LA ALCALDÍA SOBRE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE CINCO DESFIBRILADORES DE PROPIEDAD MUNICIPAL.
VISTO el expediente que se está tramitando en este Ayuntamiento en relación al servicio de Mantenimiento de cinco desfibriladores de propiedad municipal.
RESULTANDO, que tras los trámites procedimentales correspondientes y durante el plazo de presentación de proposiciones, según consta en el expediente, han presentado oferta para participar en el presente procedimiento, las siguientes empresas:
• AGENOR MANTENIMIENTO, S.A.
• ANEKS3, S.L.
• BIOMED, S.A.
• CARYOSA HYGIENIC SOLUTIONS, S.L.
• GESTION DE LA FORMACION Y LA SALUD, S.L.
• SERVYTRONIX C. TORRES MORENO, S.L.
RESULTANDO que tras los trámites procedimentales oportunos y que constan en el expediente, la Mesa de Contratación, en fecha de 19 de enero de 2020, proponía a éste Órgano de contratación el requerimiento de documentación previo a la adjudicación, a la empresa CARYOSA HYGIENIC SOLUTIONS, S.L. al ser la empresa que resultaba haber presentado la oferta, en su conjunto, económicamente más ventajosa.
RESULTANDO que en el plazo establecido al efecto, se presenta por la mercantil CARYOSA HYGIENIC SOLUTIONS, S.L. la documentación requerida y preceptiva para la adjudicación.
En ejercicio de las atribuciones que vienen conferidas a la Alcaldía por la disposición adicional segunda de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, y demás preceptos concordantes, VENGO EN DISPONER:
PRIMERO.- Adjudicar el contrato de servicio de Mantenimiento de cinco desfibriladores de propiedad municipal a la mercantil CARYOSA HYGIENIC SOLUTIONS, S.L. por importe de B.I. 1856,00€, IVA: 389,76€; TOTAL: 2.245,76€, al ser la empresa que ha presentado la oferta económicamente más ventajosa, según consta en el expediente.
SEGUNDO.- Notifíquese el presente Decreto a la adjudicataria para que proceda a la formalización del debido contrato, en el plazo máximo de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al que reciba la presente notificación, de acuerdo y con los efectos establecidos en el artículo 15 LCSP.
TERCERO.- Publíquese en el Perfil del contratante (https://contrataciondelestado.es) atendiendo así mismo a los restantes trámites que resulten preceptivos conforme a las disposiciones legales vigentes.
CUARTO.- De esta Resolución se dará cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que éste celebre y traslado a la Administración del Estado y de la Comunidad Autónoma a los efectos previstos en el art. 56.1 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local.
Lo mandó y firma el Sr. Alcalde-Presidente, en Algarrobo a Fecha de Firma Electrónica.
Fdo.: D. Alberto Pérez Gil