Otros - E.1.1.- Las empresas licitadoras deberán acreditar su experiencia en la realización de servicios del mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, que se acreditará mediante la relación de los servicios efectuados en el curso de los cinco últimos años, correspondientes al mismo tipo o naturaleza al que corresponde el objeto del contrato, avalados por certificados de buena ejecución, y el requisito mínimo será que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al precio de licitación anual. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
E.1.2.- Las empresas licitadoras deberán indicar el personal técnico, integrado o no en la empresa, que participará en el contrato. Además, se deberán aportar las titulaciones académicas y profesionales tanto del empresario como del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato. A este respecto se exigirá que cada licitador asigne a la ejecución de los trabajos objeto del contrato al menos 6 socorristas y 13 monitores de natación , todos ellos provistos de la titulación exigible que corresponda