- Las actividades comerciales están suspendidas
- Los supuestos previstos en la legislación vigente
- Pago de cotizaciones a la seguridad social
- No estar al corriente de sus obligaciones en seguridad social y tributarias (nacional, autonómica y local)
- Sancionado por terminación anticipada, daños u otros motivos comparables
- Las previstas en la Ley 9/2017 de LCSP, especialmente las previstas en la Subsección 2ª . prohibiciones de contratar (arts. 71-72-73)
- Quiebra
- Los supuestos previstos en la legislación vigente.
- Motivos de exclusión exclusivamente nacionales
- Adicionalmente a las no previstas en el PCAP, de acuerdo a la legislación vigente.
- Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación social
- No cumplir con lo estipulado en el a artículo 71.d Ley 9/2017 LCSP, no contar con el 2% personal con discapacidad o plan de igualdad para empresas de más de 50 trabajadores o en su caso, justificación de no cumplimiento o medidas alternativas de acuerdo a la legislación vigente.
- Insolvencia
- No cumplir con las condiciones de solvencia económica, financiera, técnica o profesional; no disponer de la clasificación empresarial correspondiente para aquellos supuestos establecidos en el PCAP, así como no disponer de la habilitación legal correspondiente