Advertido error en los pliegos administrativos y en el informe razonado, en aplicación del artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común y del artículo 75 del Reglamento 1098/2001, de 12 de octubre de la Ley de Contratos, se procede a su publicación una vez subsanadas las deficiencias observadas y se establece un nuevo plazo para la presentación de las ofertas. El licitador que hubiera presentado su oferta, puede retirarla, sin que se considere retirada injustificada y presentarla de nuevo.