Motivación vistos los informes de necesidad e idoneidad, así como de exclusividad técnica relativa a la contratación del servicio, y una vez acreditado, por parte del licitador seleccionado, la presentación de la documentación a que se refiere el artículo 40 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y constituida la garantía definitiva establecida.