Otros - Haber realizado al menos TRES OBRAS con un valor estimado, cada una de ellas, igual o superior 288.016,53 euros en los cinco últimos años(2013,2014,2015,2016 y 2017) y de similar naturaleza al objeto del presente contrato..
NOTA.- •La solvencia se exigirá mediante lo exigido en los apartados a) y d). No obstante, en los contratos cuyo valor estimado sea inferior a 500.000 euros y sólo cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios a que se refiere la letra f), sin que en ningún caso sea aplicable lo establecido en la letra a), relativo a la ejecución de un número determinado de obras