Justificación de la Modificación Necesidad de obras, servicios o suministros adicionales, a cargo del contratista/concesionario inicial [artículo 43, apartado 1, letra b), de la Directiva 2014/23/UE; artículo 72, apartado 1, letra b), de la Directiva 2014/24/UE y artículo 89, apartado 1, letra b), de la Directiva 2014/25/UE]
Descripción de la Modificación En el Hospital de Majadahonda es necesario incluir en el catálogo de este contrato un rotulador con las características del modelo 751 de la marca EDDING, o producto alternativo, dado que se ajusta más a las necesidades en quirófano por su grosor y rápido secado de la tinta, ya que el modelo actualmente utilizado, EDDING 800, tiene una punta demasiado gruesa y marca en exceso al paciente.
El importe total de la modificación viene dado por el resultado de multiplicar el consumo estimado del nuevo artículo para lo que resta de la duración inicial del contrato, por el precio presupuestado por el contratista, dado que no estaba contemplado en su oferta económica inicial por la que resultó adjudicatario, habiéndose comprobado que el mismo es acorde al mercado en estos momentos.
Importe (sin impuestos) = 1.000 uds. x 2,85 ¤/ud. = 2.850 ¤
Para el cálculo del Valor Estimado del contrato se ha tenido en cuenta, a efectos de modificaciones previstas, un porcentaje máximo del 20% del importe del presupuesto para la duración inicial, si bien, en fase de ejecución, este importe correspondiente a las modificaciones previstas se ajustará al límite máximo del 20% del precio inicial o importe de adjudicación, tal y como se establece en la normativa de contratación pública.
Estas modificaciones pueden deberse a:
- La necesidad de suministro de un nuevo producto no contemplado inicialmente en el objeto del contrato, siempre y cuando sea de la misma naturaleza que el resto de los productos.
El porcentaje de la presente modificación asciende a 0,48%, encontrándose este porcentaje dentro de los umbrales marcados por la normativa.
No obstante, ante la existencia de remanente suficiente en el contrato, no es necesario la ampliación de presupuesto, únicamente se realiza la modificación de las cuestiones mencionadas.