La Presidencia del Consejo de Administración de la Empresa Provincial de Residuos y Medio Ambiente, S. A., en cuanto órgano de contratación del objeto de licitación (artículo 6.c de las Normas Internas de Contratación), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 158 de la Ley 9/2017, de 8 de octubre, de contratos del sector público, resuelve adjudicar la licitación.