Cifra anual de negocio - El licitador deberá acreditar un volumen anual de negocios que, referido al año de mayor volumen de los tres últimos concluidos, será, como mínimo, de una vez y media el valor estimado del contrato del lote o lotes a los que se licite. Cuando el valor estimado del lote o suma de lotes a los que se licite, sea menor a 35.000 € los licitadores o candidatos estarán exentos de los requisitos de acreditación de la solvencia económica y financiera, conforme a lo establecido en el artículo 11.5 del Reglamento General de la ley de Contratos de las Administraciones Públicas. (Redacción del art. 11.5 del RD 1098/2001, por RD773/2015 de 28 de agosto). La acreditación documental de la suficiencia de la solvencia económica y financiera se efectuará por alguno de los medios indicados en el apartado 12 del Cuadro de Características "Anexo I" del PCAP.