La ejecución del presente contrato sólo puede encomendarse a la mercantil Universo Management, Producciones SLU con B-47674148 al ostentar dicha entidad, en régimen de exclusividad de las actuaciones de LINDA BURNETTI en el periodo del 15 al 22 de septiembre de 2024.
Las prestaciones de las partes quedarán constatadas en los pliegos y en el propio documento contractual. Por lo tanto, el procedimiento adecuado para tramitar el presente contrato será el procedimiento negociado sin publicidad, dado que el contrato sólo puede encomendarse a un empresario determinado.
Asimismo, el artículo 168 de la LCSP 2017 establece, que la no existencia de competencia por razones de protección de derechos de exclusivos solo se aplicará cuando no exista una alternativa o sustituto razonable y cuando la ausencia de competencia no sea consecuencia de una configuración restrictiva de los requisitos y criterios para adjudicar el contrato, tal es el caso que nos ocupa puesto que la empresa organizadora dispone de los documentos acreditativos, donde señalan que tiene la exclusividad para la producción de los conciertos de Linda Burnetti en el momento de desarrollo de la jornada Coodefest. Castilla y León Solidaria.
El contratista manifiesta y garantiza a la Consejería de la Presidencia que está facultada en exclusiva para celebrar el presente contrato, asumiendo cualquier tipo de responsabilidad respeto de esta declaración.
En consecuencia, sólo es posible solicitar y valorar la oferta del contratista dado en atención al documento acreditativo de la exclusividad de los derechos de organización del evento