Expresión de evaluación : Se otorgará 100 puntos al licitador al menor importe y 0 al licitador cuyo importe se ajuste al presupuesto de licitación. Las demás ofertas, se puntuarán proporcionalmente. Se considerarán presuntamente inviables, por haber sido formuladas en términos que las hacen anormalmente bajas teniendo en cuenta la oferta en su conjunto, las ofertas económicas de los licitadores en los siguientes supuestos: 1. Cuando, concurriendo un sólo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales. 2. Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta. 3. Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en mas de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales. 4. Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media solo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el numero de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía.