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Documento de Pliegos

Número de Expediente 300/2021/00871
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 17-05-2022 a las 09:07 horas.

Servicios de auxiliares de información, recepción de público y control de accesos de las instalaciones adscritas al Distrito de Vicálvaro (2022-2024)

Contrato Sujeto a regulación armonizada
Si

  • Directiva de aplicación
    N/A
  • Valor estimado del contrato
    3.266.974,49 EUR.
  • Importe
    1.647.099,64 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    1.361.239,37 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • Del 04/09/2022
      durante 24 Mes(es)
      • Observaciones: 24 meses, desde el 4 de septiembre de 2022 o desde la fecha de formalización del contrato únicamente si ésta, se produce con posterioridad
  • Tipo de Contrato
    Servicios
  • Subtipo
    Otros servicios
  • Lugar de ejecución
    ES300 Madrid La prestación se realizará en los equipamientos adscritos al Distrito de Vicálvaro que se relacionan en el PPT. Madrid
  • Clasificación CPV
    • 98341120 - Servicios de portería.
    • 98341130 - Servicios de conserjería.

Proceso de Licitación

  • Procedimiento
    Abierto
  • Tramitación
    Ordinaria
  • Presentación de la oferta
    Electrónica
  • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
    : No
  • Sistema de Contratación
    No aplica

Entidad Adjudicadora

Dirección Postal
  • Plaza de Don Antonio de Andres, 18
  • (28032)
    Madrid
    España
  • ES300
Contacto
  • Teléfono
    +34 915882716
  • Correo Electrónico
    ncontravicalvaro@madrid.es

Proveedor de Pliegos

  • Distrito de Vicálvaro

Plazo de Obtención de Pliegos

  • Hasta el 01/06/2022 a las 19:00
Dirección Postal
  • Plaza de Don Antonio de Andres, 18
  • (28032)
    Madrid
    España

Proveedor de Información adicional

  • Distrito de Vicálvaro
Dirección Postal
  • Plaza de Don Antonio de Andres, 18
  • (28032)
    Madrid
    España

Recepción de Ofertas

  • Distrito de Vicálvaro
Dirección Postal
  • Plaza de Don Antonio de Andres, 18
  • (28032)
    Madrid
    España

Plazo de Presentación de Oferta

  • Hasta el 01/06/2022 a las 19:00

Apertura de Ofertas Económicas y Documentación

Apertura de Ofertas Económicas

Apertura de criterios evaluables automáticamente

  • Apertura sobre oferta económica
  • El día 09/06/2022 a las 09:30 horas
  • Criterios valorables en cifras o porcentajes
Lugar
  • Telemática
Dirección Postal
  • Plaza Don Antonio de Andrés nº 18
  • (28032)
    MADRID
    España

Tipo de Acto :
Público

  • Condiciones para la asistencia : Deberá mandar su solicitud de asistencia al correo ncontravicalvaro@madrid.es con 24 h. de antelación a la celebración de la misma indicando un correo electrónico para convocarle a la sesión telemática y un teléfono

Otros eventos

Apertura y calificación administrativa

  • Apertura sobre administrativo
  • El día 02/06/2022 a las 10:30 horas
  • Apertura de la documentación administrativa
Lugar
  • Telemática
Dirección Postal
  • Plaza Don Antonio de Andrés nº 18
  • (28032)
    Madrid
    España

Tipo de Acto :
Privado

Subasta electrónica

  • Se adjudicará mediante subasta electrónica
    : No

Información del Anuncio Previo en Diarios

Información del Anuncio de Licitación en Diarios


Objeto del Contrato
: Servicios de auxiliares de información, recepción de público y control de accesos de las instalaciones adscritas al Distrito de Vicálvaro (2022-2024)

  • Valor estimado del contrato
    3.266.974,49 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      1.647.099,64 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      1.361.239,37 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 98341120 - Servicios de portería.
    • 98341130 - Servicios de conserjería.
  • Plazo de Ejecución
    • Del 04/09/2022
      durante 24 Mes(es)
      • Observaciones: 24 meses, desde el 4 de septiembre de 2022 o desde la fecha de formalización del contrato únicamente si ésta, se produce con posterioridad
  • Lugar de ejecución
    • La prestación se realizará en los equipamientos adscritos al Distrito de Vicálvaro que se relacionan en el PPT.
    • Subentidad Nacional
      Madrid
    • Código de Subentidad Territorial
      ES300
    • Dirección Postal
      • Plaza Don Antonio de Andrés nº 18
      • (28026)
        Madrid
        España

    Opciones y prórrogas

    • Plazo
      • Descripción:
        Por un plazo máximo de 24 meses, computando un plazo total de 48 meses, incluida su prórroga.

    Condiciones de ejecución del contrato

    • Se utilizará pedido electrónico : No
    • Se aceptará factura electrónica : Sí
    • Se utilizará el pago electrónico : Sí
    • Condiciones especiales de ejecución de Contrato
      • Consideraciones de tipo social - Mantenimiento de la plantilla

    Condiciones de Licitación

  • Importe Máximo Gastos de Publicidad
    0 EUR.
  • Se utilizará el pago electrónico
  • Garantía Requerida Definitiva

    • Porcentaje
      5 %
    • Plazo de constitución
      • 10 Día(s)

    Garantía Requerida Complementaria

    • Porcentaje
      1 %
    • Plazo de constitución
      • 10 Día(s)

    Requisitos de participación de los licitadores

      Clasificación empresarial solicitada
      • L6-4-Servicios de portería, control de accesos e información al público.(igual o superior a 600.000 euros e inferior a 1.200.000 euros)
      Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - 1.1.- Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF). 1.2.- Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. 1.3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. 1.4.- Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa. 1.5. Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asumibles a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente. En los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio. 1.6.- Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
      • Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
        - Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad - De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aquellos licitadores que tengan un número de 50 o más trabajadores en su plantilla estarán obligados a contar con un 2% de trabajadores con discapacidad, o a adoptar las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 de abril, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad
      • No prohibición para contratar
        - Podrán optar a la adjudicación del presente contrato las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no estén incursas en alguna prohibición de contratar y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica, o se encuentren debidamente clasificadas, de conformidad con lo establecido en el apartado 11 del Anexo I al presente pliego. En relación a las Uniones Temporales de Empresarios, la alteración de su composición así como los supuestos de modificación durante la licitación se estará a lo dispuesto en el artículo 69, apartados 8 y siguientes. En los supuestos de sucesión del contratista, se estará a lo dispuesto en el artículo 98 LCSP. A los efectos anteriores la empresa deberá comunicar al órgano de contratación la circunstancia que se hubiere producido. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Los contratistas deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato, de conformidad con lo establecido en el apartado 13 del Anexo I al pliego. En relación con las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y empresas no comunitarias, será de aplicación lo dispuesto en los artículos 67 y 68 LCSP.
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación positiva expedida por la Tesorería de la Seguridad Social, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 14 del RGLCAP. Los profesionales colegiados que, de conformidad con la Disposición Adicional Decimoctava del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, estén exentos de la obligación de alta en el régimen especial y que opten o hubieran optado por incorporarse a la Mutualidad de Previsión Social del correspondiente colegio profesional, deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad, acreditativa de su pertenencia a la misma. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, debiendo, en caso contrario, justificar dicha circunstancia mediante declaración responsable.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Alta en el impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato, siempre que ejerza actividades sujetas a dicho impuesto, en relación con las que venga realizando a la fecha de presentación de su proposición referida al ejercicio corriente o el último recibo, completado con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. Los sujetos pasivos que estén exentos del impuesto deberán presentar declaración responsable indicando la causa de exención. En el supuesto de encontrarse en alguna de las exenciones establecidas en el artículo 82.1 apartados b), e) y f) del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán presentar asimismo resolución expresa de la concesión de la exención de la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma. Certificación positiva expedida por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, en la que se contenga genéricamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 del RGLCAP. Además, el propuesto adjudicatario no deberá tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid. La Administración Local, de oficio, comprobará mediante los datos obrantes en la Tesorería el cumplimiento de dicha obligación.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Trabajos realizados
        - Se deberá presentar una relación de los principales servicios ejecutados e como máximo los tres últimos años a contar desde la fecha final de presentación de proposiciones (se entenderán años naturales, esto es 365 días, a partir de esa fecha) de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del presente contrato. Se considerará acreditada esta solvencia por la presentación de certificados de buena ejecución, por un importe anual acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70% de la anualidad media del contrato, (476.433,78 euros sin IVA). A efectos de determinar la correspondencia entre los trabajos o servicios acreditados y los que constituyen el objeto del contrato, se atenderá en primer lugar a la equivalencia de las prestaciones objeto del contrato (Servicio de auxiliares de información como prestación principal) y en su defecto será la igualdad entre los tres primeros dígitos de alguno de los dos códigos CPV previsto en la cláusula 1.1.2 del presente Anexo para el presente contrato. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados de ejecución, expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste, o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario, acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Con este requisito se pretende asegurar que el operador económico posee la experiencia y los recursos humanos y técnicos necesarios para ejecutar el contrato con un nivel adecuado de calidad. Los certificados pretenden acreditar la experiencia previa, ejecutando contratos de similares características al que es objeto de la presente licitación.
        Umbral:
        476433.78
        Periodo:
        Tres últimos años
        Expresión:
        Declaración responsable
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - Se podrá acreditar la solvencia indistintamente mediante: Clasificación: Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 38 del RGLCAP. Categorías de clasificación en los contratos de servicios que dispone que los contratos de servicios se clasifican en categorías según su cuantía y que la expresión de la cuantía se efectuará por referencia al valor estimado del contrato, cuando la duración de éste sea igual o inferior a un año, y por referencia al valor medio anual del mismo, cuando se trate de contratos de duración superior, se podrá acreditar la siguiente clasificación: Grupo/s: L Subgrupo/s:6 Categoría/s: 4 Artículo 87.1, apartado a), de la LCSP: Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: Que el volumen anual de negocios del licitador o candidato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles (2019, 2020 y 2021) en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario, sea igual o superior a una vez y media el volumen anual medio del contrato (1.020.619,68€ sin IVA), debiendo acreditarse mediante declaración responsable firmada por el representante legal de la entidad. Con este requisito de solvencia se busca obtener información relativa a la capacidad del empresario para hacer frente no solo a las obligaciones que se pudieran derivar de la ejecución del presente contrato, sino también de las que le correspondan ordinariamente por la gestión de su actividad. Se entiende la solvencia como la capacidad para hacer frente a las obligaciones presentes y futuras, no entendiéndose que, de los medios puestos a disposición, existan otros que puedan responder mejor a esta cuestión.
        Umbral:
        1020619.68
        Periodo:
        Tres últimos años
        Expresión:
        Declaración responsable

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE A
    • Tipo de Oferta
      Documentación administrativa
    • Evento de Apertura
      Apertura y calificación administrativa

    Preparación de oferta

    • Sobre
      SOBRE C
    • Tipo de Oferta
      Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
    • Evento de Apertura
      Apertura de criterios evaluables automáticamente
    • Descripción
      Oferta económica o criterios valorables en cifras o porcentajes

    Condiciones de adjudicación

      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • CRITERIO: BOLSA DE HORAS EFECTIVAS DE TRABAJO GRATUITAS
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 40
        • Expresión de evaluación : SI/NO
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 40
      • FORMACIÓN
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 15
        • Expresión de evaluación : SI/NO
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 15
      • Oferta económica
        • Subtipo Criterio : Precio
        • Ponderación : 45
        • Expresión de evaluación : euros
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 45

    Plazo de Validez de la Oferta

    • 2 Mes(es)

    • Se aceptará factura electrónica
  • Programas de Financiación
    No hay financiación con fondos de la UE
  • Subcontratación permitida
    • Se podrá concertar con terceros la realización parcial de la prestación, en los términos del artículo 215 de la Ley 9/2017

    Proceso de Licitación

      Subasta electrónica

      • Se adjudicará mediante subasta electrónica
        : No