DOCUMENTO DE FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
De una parte, Primitivo Grasa Cebollero, PRESIDENTE del Comarca Alto Gállego con NIF núm. 18,159,816 M, asistido del SECRETARIA-INTERVENTORA de la Corporación Ana Blanca Bergua Otín con NIF 18162158R, que da fe del acto.
De otra parte, D. José Ramón Lasierra Arasanz, con DNI nº 73190312B, en nombre y representación de la empresa AVANZA MOVILIDAD INTEGRAL SL con NIF B79072823, con NIF 72995043N
La finalidad del presente acto es la de proceder a la formalización del contrato de servicios de “ Transporte Campaña Esqui Escolar 2024”
Dicha adjudicación fue aprobada por Resolución de Presidencia de fecha 25 de Enero de 2024.
Y conviniendo a ambas partes, en calidad de adjudicante y adjudicatario, el presente contrato lo formalizan en este documento administrativo, con arreglo a las siguientes
CLÁUSULAS
PRIMERA. D. José Ramón Lasierra Arasanz, en nombre y representación de la empresa AVANZA MOVILIDAD INTEGRAL SL se compromete a la realización de las prestaciones que constituyen el objeto del contrato, con arreglo al pliego de cláusulas administrativas particulares, al pliego de prescripciones técnicas, que figuran en el expediente, documentos contractuales que acepta incondicionalmente y sin reserva alguna y de lo que deja constancia firmando en este acto su conformidad en él, así como a los términos de la oferta presentada.
SEGUNDA. El precio del contrato es de 30.613€ IVA incluido, teniendo en cuenta que el sistema de determinación del precio es por precios unitarios y las prestaciones están subordinadas al numro de servicios realizados.
TERCERA. El plazo de ejecución del contrato es el determinado en el PCAP para el conjunto de los lotes.
CUARTO. D. José Ramón Lasierra Arasanz,presta su conformidad al Pliego de Condiciones que es documento contractual, firmándolo en este acto y se somete, para cuando no se encuentre en él establecido a los preceptos de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, al Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y al Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Asimismo, el presente contrato se somete a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
El presente contrato se extiende en dos ejemplares y a un único efecto, en el lugar y fecha al principio mencionados.
Sabiñánigo, a la fecha de la firma electrónica
Por la Comarca Alto Gallego El contratista
EL PRESIDENTE Fdo. D. José Ramón Lasierra Arasanz
Fdo. D. Primitivo Grasa Cebollero