Trabajos realizados - La solvencia técnica y profesional de los empresarios se acreditará, del siguiente modo:
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. La acreditación de la solvencia técnica o profesional mínima exigida vendrá constituida por la ejecución de un conjunto de trabajos del mismo tipo que el objeto de contrato y que supongan un importe acumulado en el año de mayor ejecución igual o superior al 70 por ciento de la anualidad media del contrato, en el presente caso se establece el siguiente mínimo:
50.000,00 €