Instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad - Solvencia técnica o profesional: Art. 90 LCSP Ø Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años , que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV, indicando su importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. El importe anual que el empresario deberá acreditar en el año de mayor ejecución de servicios será igual o superior al importe de licitación (IVA excluido) Importe de licitación igual o superior a 311.868,75€ La elección de esta solvencia viene motivada por la necesidad de que los licitadores dispongan de la experiencia necesaria para la correcta ejecución del contrato. Ø - Sistema de Gestión de la Calidad ISO 9001 o equivalente -Certificación Seguridad y salud en el trabajo ISO 45001 o equivalente -Existencia en la empresa licitadora de un programa de Gestión medioambiental en la empresa avalado por certificado ISO 14001 o equivalente