- Capacidad de obrar
- Se acreditará mediante la presentación de DEUC, en el sobre nº 1, documentación general. Si no presenta DEUC ver apartado 14 y anexo I (deberá presentar ROLECE en que conste apoderamiento del firmante de la proposición o escritura pública de poder del firmante de la proposición).
- No prohibición para contratar
- No prohibición para contratar - Se acreditará mediante la presentación de DEUC, en el sobre nº 1, documentación general. Si no presenta DEUC ver apartado 14 y anexo I.
- No estar incurso en incompatibilidades
- DEUC en que conste el objeto social o Certificado ROLECE en que conste el objeto social o escritura de constitución o de modificación del objeto social.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Se acreditará mediante la presentación de DEUC, en el sobre nº 1, documentación general. Si no se presentará DEUC se presentará certificado vigente de estar al corriente con sus obligaciones con la TGSS. Si el certificado no constará vigente al momento del requerimiento de primer clasificado se volverá a requerir en dicho trámite.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Se acreditará mediante la presentación de DEUC, en el sobre nº 1, documentación general. Si no se presentará DEUC, se presentará certificado vigente de estar al corriente con sus obligaciones con la AEAT. Si el certificado no constará vigente al momento del requerimiento de primer clasificado se volverá a requerir en dicho trámite
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española. No aplicable a empresas nacionales