- Capacidad de obrar
- Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, que tengan plena capacidad de obrar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
- No prohibición para contratar
- No estar incursa en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 71 LCSP.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no es deudora del Ayuntamiento de Borriana, autorizando al Ayuntamiento para su comprobación.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no es deudora del Ayuntamiento de Borriana, autorizando al Ayuntamiento para su comprobación.
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Estar inscrita en Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Publico o en el Registro de Contratistas y Empresas Clasificadas de la Generalitat Valenciana en la fecha final de presentación de ofertas, autorizando al Ayuntamiento para su comprobación.
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Declaración, en su caso, de que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador.