Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social - Certificación administrativa, expedida por el Órgano competente, a los efectos del artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, de que la empresa está al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
Para su admisión, dicha Certificación deberá haber sido emitida con una ANTELACIÓN MÁXIMA DE TREINTA (30) DÍAS A LA FECHA LÍMITE DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS. Dicha Certificación deberá mantenerse durante la vigencia del acuerdo marco que se elabore.