Motivación Por acuerdo de la Junta e Gobierno Local de 30/04/2021
El Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo será el competente para
resolver las controversias que surjan entre las partes en el presente contrato de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 27.1 de la Ley 9/2017, de 8 de
noviembre, de Contratos del Sector Público.
El presente Pliego de Cláusulas Administrativas, así como el resto de
documentos contractuales que deba regir la contratación, podrán ser recurridos
mediante el recurso de reposición regulado en el 123 y 124 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Alternativamente al recurso de reposición podrá interponerse recurso
contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de
Jaén en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su
publicación en el perfil de contratante.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 44.1 a) de la LCSP, el contrato,
objeto del presente pliego, no es susceptible de recurso especial.