Trabajos realizados - De conformidad con el artículo 87.1 a) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, y de conformidad con lo dispuesto en la cláusula sexta del pliego de prescripciones técnicas, podrán concurrir todas las personas físicas o jurídicas individualmente o agrupadas con responsabilidad solidaria, que estén facultadas para concertar con la administración contratos de contenidos temáticos y museográficos, construcción de museos, centros de interpretación, exposiciones, centros de ocio y parques temáticos, audio y videoguías, y producciones audiovisuales, sistemas multimedia e interactivos. de acuerdo con las disposiciones legalmente vigentes.
Podrán optar a la adjudicación de la presente contratación empresas que acrediten capacidad probada para desarrollar servicios de tematización en materia turística que cuenten con una experiencia de TRES AÑOS como mínimo en tematizaciones en el sector turístico-cultural.