En esta fecha, en mi condición de órgano de contratación, de acuerdo con la propuesta de adjudicación de la Mesa de Contratación de fecha 26 de agosto de 2024, he resuelto:
PRIMERO. – ADJUDICAR. - el contrato de la licitación del “SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS EDIFICIOS AUXILIARES Y OTRAS DEPENDENCIAS DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE BARCELONA”. Código de expediente: 2024I070006. Ref. Servicio de Contratación: 2024-00130 a 00130 a SERVEIS INTEGRALS DE MANTENIMENT RUBATEC S.A. (A-60744216) por un importe estimado de 654.323,22 €, IVA excluido, de acuerdo con los precios unitarios ofertados y un plazo de duración de dos (2) años, con posibilidad de dos (2) prórrogas. La primera de ellas por un periodo de dos (2) años y la segunda de (1) año. De conformidad con la disposición adicional trigésimo tercera de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, este contrato se ha configurado como un contrato de servicios por precios unitarios y con presupuesto limitativo, a cuyo efecto la APB ha aprobado un presupuesto máximo de 720.000 euros (IVA excluido) para los (2) primeros años de contrato, un presupuesto máximo de 720.000 euros (IVA excluido) para la prórroga inicial de (2) años y un presupuesto máximo de 360.000 euros para la prórroga adicional de (1) año.
SEGUNDO. – ORDENAR. - a la Subdirección General de Servicios Jurídicos y Contratación de la Autoridad Portuaria de Barcelona que notifique esta resolución a los interesados, proceda a la publicación en los diarios oficiales que corresponda y prepare el correspondiente documento de formalización.
Lo que se les comunica, con la indicación que contra la resolución transcrita podrá interponerse el recurso especial en materia de contratación regulado en los artículos 44 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del sector público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. El plazo para interponer el recurso es de quince (15) días hábiles, a contar desde el siguiente a aquel en que se haya notificado la presente resolución transcrita.
La presentación del recurso podrá efectuarse en los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, en cuyo caso se deberá comunicar al Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales de manera inmediata y de la forma más rápida posible. Asimismo, podrá presentarse en el registro del órgano de contratación o ante el Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales.
En caso de que no se opte por esta vía, cabe interponer directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la notificación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.