Otros - Se acreditará por al menos dos de los siguientes medios:
1. Una relación de los principales servicios realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El importe de los servicios de al menos una anualidad deberá ser igual o mayor a 52.000€.
2. Relación del personal técnico participante en la ejecución del contrato, de entre los cuales figurarán necesariamente un técnico de P.A, un técnico de monitores y un técnico de iluminación, todos ellos con perfecto conocimiento y experiencia demostrable de al menos cinco actuaciones, en los equipos electrónicos, digitales y de sonido ofertados por la empresa. Dicha experiencia se acreditará mediante declaración responsable o certificado de buena ejecución.
3. Declaración del material, instalaciones y equipo de que disponga el empresario para la realización del contrato. Específicamente deberá incluirse todo el material electrónico, digital y de sonido contenido en el PPT. Con indicación de sus características y marca comercial.