En esta fecha, en mi condición de órgano de contratación, por delegación (BOE de 12-03-2020), de acuerdo con la propuesta del Subdirector General de Infraestructuras y Conservación de fecha 11 de junio de 2024 y de acuerdo con lo previsto en el ACUERDO MARCO PARA LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA DIRECCIÓN DE OBRA A LAS OBRAS DEL PUERTO DE BARCELONA, DIRECCIÓN FACULTATIVA EN OBRAS DE EDIFICACIÓN, CONTROL DE CALIDAD, ASISTENCIA GEOTÉCNICA, CONTROL DE LA INSTRUMENTACIÓN Y ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE PROYECTOS DEL PUERTO DE BARCELONA (2021-2025), he resuelto:
PRIMERO. - DECLARAR la necesidad de la contratación de la concreción de contrato del Servicio de asistencia geotécnica “Campaña geotécnica para el proyecto <NUEVA SUPERESTRUCTURA EN EL MUELLE ADOSADO. TERMINAL G.>. Clave de Expediente: OB-PP-P-0059/2024. Ref. Servicio de Contratación: 2024-00212, relacionado con el AM 2020-00332.
SEGUNDO. - APROBAR económicamente el expediente, precisando que el precio del contrato será el resultante de aplicar los precios unitarios del ACUERDO MARCO PARA LOS SERVICIOS DE ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA DIRECCIÓN DE OBRA A LAS OBRAS DEL PUERTO DE BARCELONA, DIRECCIÓN FACULTATIVA EN OBRAS DE EDIFICACIÓN, CONTROL DE CALIDAD, ASISTENCIA GEOTÉCNICA, CONTROL DE LA INSTRUMENTACIÓN Y ASISTENCIA A LA DIRECCIÓN DE PROYECTOS DEL PUERTO DE BARCELONA (2021-2025). Clave de Expediente: OB-GP-P-0867/2020. Ref. Servicio de Contratación: 2020-00332, que dan un importe aproximado de 65.747,50 euros, IVA excluido.
TERCERO. - ADJUDICAR el contrato del asunto a UTE AT DO BCN PORT (U-67919035), por un importe de 65.747,50 euros, IVA excluido. El plazo del contrato comprenderá el periodo de tres meses y medio (3,5).
Se designa como directora del contrato la Sr. Javier Fernández Cercós.
CUARTO. - ACORDAR, en base al artículo 153.1 in fine de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que no resultará necesaria la formalización del contrato.
QUINTO. - ORDENAR a la Subdirección General de Servicios Jurídicos y Contratación de la Autoridad Portuaria de Barcelona que notifique esta resolución y proceda a su publicación en los diarios oficiales que corresponda.
Lo que se les comunica, con indicación de que la resolución transcrita tiene carácter de acto administrativo definitivo y no agota la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma, recurso de alzada, al que se refiere el segundo párrafo del artículo 44.6 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 ante el Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación.