Descripción Cada empresario (sólo o formando parte de una UTE) presentará una única proposición económica formulada con arreglo al modelo que se adjunta como ANEXO NÚMERO SEIS al presente PCAP, que consiste en un precio a tanto alzado que no podrá superar el presupuesto base de licitación
En la propuesta se entenderán comprendidos a todos los efectos los gastos que el adjudicatario deba afrontar para ejecutar el contrato, el beneficio industrial, así como los importes de los tributos de toda índole que graven las prestaciones objeto del contrato incluido el IGIC, que deberá ser identificado y repercutido como partida independiente.
El empresario no podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otros, si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de estos principios producirá la desestimación de todas las propuestas por él presentadas.
En el caso de que se presente una proposición económica por una UTE, aquélla deberá estar firmada por los representantes de cada una de las empresas componentes de la citada unión, rechazándose la misma en caso contrario.
Las ofertas se presentarán escritas a máquina y no se aceptarán aquéllas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Autoridad Portuaria de Las Palmas estime fundamental para considerarla.
Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese el presupuesto base de licitación, variara sustancialmente el modelo establecido, o comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la mesa, en resolución motivada. Por el contrario, el cambio u omisión de algunas palabras del modelo, con tal que lo uno o la otra no altere su sentido, no será causa bastante para el rechazo de la proposición.