Titulo habilitante Los licitadores de la presente contratación deberán constar debidamente inscritos en:
- En materia de seguridad electrónica: Conforme al Real Decreto 2364/1994 de 9 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada, los licitadores deberán encontrarse inscritos en el Registro de Empresas de Seguridad de la Dirección General de la Policía en las actividades de:
- Instalación y mantenimiento de aparatos, dispositivos y sistemas de seguridad, con ámbito de actuación estatal.
- Explotación de Centrales de Recepción, verificación y transmisión de las señales de alarmas y su comunicación a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, así como de servicios cuya realización no sea de la competencia de dichas Fuerzas y Cuerpos, con ámbito de actuación estatal.
- Unidad Central de Seguridad Privada del Cuerpo Nacional de la Policía acreditando que los licitadores disponen de Central Receptora de Alarmas.
- Protección contra incendios: Conforme al Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios, los licitadores deberán encontrarse inscritos en el Registro correspondiente que acredite que están autorizados para realizar las operaciones de instalación y mantenimiento de los sistemas de protección contra incendios a nivel nacional.
Los licitadores deberán además acreditar las siguientes habilitaciones:
- Certificado de empresa instaladora en baja tensión (categoría especialista)
- Certificado y registro de empresa instaladoras de telecomunicaciones (tipos B, C, E y F)