Promover el empleo de personas con dificultades particulares de inserción en el mercado laboral - La prestacion del objeto del contrato se realizara teniendo en cuenta lo dispuesto en la Convencion de las NU sobre los derechos de las personas con discapacidad, criterios de accesibilidad universal y de diseño universal o ..., tal y como son definidos estos terminos en el TRLG de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusion social, aprobado mediante RDL 1/2013, 29 noviembre.
Eliminar desigualdades entre el hombre y la mujer - El contratista está obligado al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Sometimiento del contratista a la normativa de protección de datos - Para el caso de que durante la ejecución del presente contrato, sea necesario que el Ayuntamiento realice la cesión de datos al contratista, se establece como condición especial de ejecución la obligación del contratista de someterse a la normativa nacional y de la Unión Europea en materia de protección de datos.
Consideraciones de tipo social - El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.