Motivación Vistas las actuaciones practicadas en relación con el expediente de referencia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 150 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, en cuya virtud se formuló propuesta de selección a favor del empresario arriba citado por presentar la mejor oferta.
En el procedimiento negociado sin publicidad para prestación del servicio de cafetería y comedor en las instalaciones del Liceo Español Cervantes de Roma para los cursos 2021/22 y 2022/23, aprobado por Resolución de esta Consejería de fecha 24 de mayo, previo informe favorable de la Abogacía del Estado de 21 de abril, se han presentado dos ofertas:
a. Arte e Passione srl
b. Special Food Box srl
La oferta presentada por la empresa Special Food Box srl no es admitida a licitación por no cumplir los requisitos establecidos en el apartado 8 del pliego de cláusulas administrativas particulares.
Considerando que se ha acreditado documentalmente por el adjudicatario el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 150.2 LCSP, esta Consejería acuerda la adjudicación en los términos y por el importe reseñado en el cuadro del encabezamiento.