Titulo habilitante Todos los empresarios deberán contar con la habilitación o habilitaciones empresariales o profesionales que, en su caso (conforme a la legislación española), sean exigibles para la realización del suministro que constituya el objeto del contrato.
No obstante, en el caso de empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre Espacio Económico Europeo, estas habilitaciones se verificarán con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidos. Asimismo, cuando ésta exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder realizar la actividad de que se trate, deberán cumplir con estos requisitos.