- Capacidad de obrar
- En la fase de licitación, los licitadores acreditarán su capacidad de obrar, conforme a lo dispuesto en el artículo 140 de la LCSP, con la presentación del DEUC que se pone a disposición de los licitadores, en la herramienta de presentación de ofertas. La aportación del compromiso de constituir una unión temporal por parte de los empresarios que sean parte de la misma, de conformidad con lo exigido en el apartado 3 del artículo 69 de la LCSP, se efectuará con la presentación del modelo de declaración responsable múltiple que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP
Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, su capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el artículo 84 de la LCSP y su identificación o apoderamiento conforme a lo dispuesto en el artículo 21 Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante RGLCAP).
La acreditación de la capacidad de obrar de las personas naturales o jurídicas inscritas en los Registros o listas Oficiales de contratistas se ajustará a lo dispuesto en los artículos 96 y 97 de la LCSP.
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
- La acreditación del cumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo del 2% para personas con discapacidad y de la obligación de contar con un plan de igualdad al que se refiere el art. 71.1 d) de la LCSP se efectuará con la presentación del modelo de declaración responsable múltiple que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP
- No prohibición para contratar
- La no concurrencia de una prohibición para contratar, conforme al art. 85.2 de la LCSP se acreditará con la presentación del modelo DEUC, modelo de declaración responsable múltiple que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP
- No estar incurso en incompatibilidades
- La acreditación de no estar incurso en una causa de incompatibilidad, conforme al art. 71.1 G) / LCSP se efectuará con la presentación del modelo de declaración responsable múltiple que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Los licitadores acreditarán la situación de estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, con la presentación del modelo de DEUC que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas en PLACSP.
Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, que está al corriente de sus obligaciones con la seguridad social, conforme a lo dispuesto en el artículo 14 del RGLCAP.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Los licitadores acreditarán la circunstancia de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias, con la presentación del modelo de DEUC que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP.
Aceptada la propuesta de adjudicación de la mesa de contratación, se requerirá al propuesto como adjudicatario, conforme al artículo 150.2 de la LCSP, para que acredite, siempre que no lo hubiera acreditado con anterioridad, en virtud de lo dispuesto en el artículo 140.3 de la LCSP, que está al corriente de sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas (con la Agencia Tributaria y con la Hacienda Valenciana) conforme a lo dispuesto en el artículo 13 del RGLCAP
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Las empresas extranjeras, formularán la declaración de sometimiento a la jurisdicción de los juzgados y tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante a que se refiere el artículo 140.1 f) de la LCSP con la presentación del modelo de declaración responsable múltiple que se pone a disposición de los licitadores en la herramienta de presentación de ofertas de la PLACSP.
- Técnicos o unidades técnicas
- Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituye el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en los que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual acumulado en el año de mayor ejecución será igual o superior a 396.095,00 €.
Dadas las características de la documentación objeto del contrato, en particular la documentación clínica, y la amplia legislación que determina su trascendencia y la obligación de su mantenimiento, integridad y seguridad (art. 46 apartado 6 de la Ley 10/2014, de 29 de diciembre, de la Generalidad, de Salud de la Comunidad Valenciana), se establecen como requisitos adicionales de solvencia las siguientes acreditaciones: (ANEXO I PAG 15-16)
Se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.
Así mismo el licitador deberá presentar los certificados que acrediten el cumplimiento de las normas indicadas.
- Medidas de gestión medioambiental
- UNE EN-ISO 14.001 Sistema de Gestión Ambiental
El órgano de contratación reconocerá los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también aceptará otras pruebas de medidas equivalentes de gestión medioambiental que presente el licitador, siempre que el licitador demuestre que dichas medidas son equivalentes a las exigidas con arreglo al sistema o norma de gestión medioambiental aplicables.
- Certificados de control de calidad expedidos por los institutos o servicios oficiales
- UNE EN– ISO 9001 Sistema de Gestión de Calidad
El órgano de contratación reconocerá los certificados equivalentes expedidos por organismos establecidos en cualquier Estado miembro de la Unión Europea, y también aceptará otras pruebas de medidas equivalentes de garantía de calidad que presente el licitador