Descripción del procedimiento No se admitirán en ningún caso, variaciones al contenido del presente pliego.
El Asegurador garantiza el pago de las indemnizaciones que según la normativa legal vigente, pudiera corresponder directa, mancomunada, solidaria y subsidiariamente a la Excma. Diputación Provincial de Málaga y demás Asegurados, por daños personales, materiales y perjuicios consecutivos, ocasionados involuntariamente a terceros por acción u omisión en el ejercicio de sus competencias.
En cuanto a la responsabilidad civil/patrimonial de la Diputación Provincial de Málaga, la prestación de servicios públicos de cualquier naturaleza, la realización de actuaciones en el ejercicio de sus competencias pueden ocasionar riesgos, así como cuantas actividades conexas sean
desarrolladas por la Diputación Provincial en el ejercicio de sus competencias las mismas deben estar cubiertas por un seguro de responsabilidad civil.
Queda expresamente amparada la responsabilidad patrimonial exigible a la Administración, conforme a lo establecido en el artículo 32 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público que en su apartado 1 establece: “Los particulares tendrán derecho a ser
indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes, de toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley”.
Asimismo se garantizarán los gastos y honorarios para la prestación de la defensa y las fianzas judiciales que pudieran dar lugar, así como las costas procesales.