- Pago de cotizaciones a la seguridad social
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación ambiental
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Incumplimiento de obligaciones en materia de legislación laboral
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Participación en una organización criminal
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Delitos de terrorismo o delitos vinculados a actividades terroristas
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Trabajo infantil y otras formas de trata de seres humanos
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Insolvencia
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Conflicto de intereses debido a su participación en este procedimiento de contratación
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Culpable de falta profesional grave
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Fraude
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Pago de tasas
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Blanqueo de capital o financiación del terrorismo
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Sancionado por terminación anticipada, daños u otros motivos comparables
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Corrupción
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Motivos de exclusión exclusivamente nacionales
- No podrán contratar con el sector público las empresas incursas en prohibición de contratar del art. 71 de la LCSP.
- Quiebra
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Culpable de tergiversación,ocultación de información, incapacidad de proporcionar documentación requerida y obtención de información confidencial de este procedimiento
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Bienes administrados por un liquidador
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Acuerdos con otros operadores económicos con el objetivo de falsear la competencia
- Serán de aplicación todos los motivos de exclusión del artículo 57, de la Directiva 2014/24/UE
- Trabajos realizados
- El Documento Europeo Único de contratación (DEUC) suplirá en la fase de licitación toda la documentación relativa a capacidad de contratar y de obrar, personalidad, representación y solvencia económica y financiera y técnica de acuerdo a lo establecido en el art. 140.1 a) de la LCSP. Únicamente el licitador que se proponga como adjudicatario deberá presentar en respuesta al requerimiento que se realice al efecto:
a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario.
El requisito mínimo será que el importe anual acumulado de los servicios de igual o similar naturaleza en el año de mayor ejecución sea igual o superior a 198.100,00€ (importe correspondiente al 70% del valor estimado del contrato).
Umbral: 198100
Periodo: 5 años
- Maquinaria, material y equipo técnico para la ejecución del contrato
- Declaración indicando la maquinaria, medios materiales y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones puestos a disposición de la ejecución del contrato, que deberán cumplir los requisitos establecidos en la cláusula 2.5.5 del PPT, que se acreditarán mediante relación detallada de equipos (denominación, marca, modelo y características básicas).
- Instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad
- Descripción de las instalaciones técnicas, que deberán cumplir los requisitos establecidos en la cláusula 2.5.5 del PPT y se acreditará mediante fotografías de la nave-taller.