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Número de Expediente PAT 6/23
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 26-05-2023 a las 14:01 horas.

Concesión administrativa para la instalación y explotación de un quiosco-bar con zona de terraza y parque infantil en una porción de parcela municipal destinada a espacio libre público en la zona denominada "Matacardillo/laguna de Torrox

Contrato Sujeto a regulación armonizada
No

  • Directiva de aplicación
    N/A
  • Valor estimado del contrato
    339.042 EUR.
  • Importe
    213.506,32 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    213.506,32 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • 20 Año(s)
      • Observaciones: El plazo de duración de la concesión administrativa será de VEINTE AÑOS (20 años), computándose el citado plazo, a contar desde la suscripción del correspondiente contrato de concesión administrativa.
  • Tipo de Contrato
    Patrimonial
  • Subtipo
    Concesión demanial

      Proceso de Licitación

      • Procedimiento
        Abierto
      • Tramitación
        Ordinaria
      • Presentación de la oferta
        Electrónica
      • Sistema de Contratación
        No aplica

      Entidad Adjudicadora

      Dirección Postal
      • Consistorio, S/N
      • (11403)
        Jerez de la Frontera
        España
      • ES612
      Contacto
      • Teléfono
        +034 956149565
      • Fax
        +034 956149722
      • Correo Electrónico
        contratacionadministrativa@aytojerez.es

      Proveedor de Pliegos

      • Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez

      Plazo de Obtención de Pliegos

      • Hasta el 27/06/2023 a las 19:00
      Dirección Postal
      • Consistorio, S/N
      • (11403)
        Jerez de la Frontera
        España

      Proveedor de Información adicional

      • Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez
      Dirección Postal
      • Consistorio, S/N
      • (11403)
        Jerez de la Frontera
        España

      Recepción de Ofertas

      • Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Jerez
      Dirección Postal
      • Consistorio, S/N
      • (11403)
        Jerez de la Frontera
        España

      Plazo de Presentación de Oferta

      • Hasta el 27/06/2023 a las 19:00

      Objeto del Contrato
      : Concesión administrativa para la instalación y explotación de un quiosco-bar con zona de terraza y parque infantil en una porción de parcela municipal destinada a espacio libre público en la zona denominada "Matacardillo/laguna de Torrox

    • Valor estimado del contrato
      339.042 EUR.
    • Presupuesto base de licitación
      • Importe
        213.506,32 EUR.
      • Importe (sin impuestos)
        213.506,32 EUR.
      • Plazo de Ejecución
        • 20 Año(s)
          • Observaciones: El plazo de duración de la concesión administrativa será de VEINTE AÑOS (20 años), computándose el citado plazo, a contar desde la suscripción del correspondiente contrato de concesión administrativa.
      • Lugar de ejecución
        • Subentidad Nacional
          Cádiz
        • Código de Subentidad Territorial
          ES612
        • Dirección Postal
          • España

      Condiciones de Licitación

    • Especificar personal y cualificación Profesional(CCVV)
    • Requisitos de participación de los licitadores

        Condiciones de admisión
        • No prohibición para contratar
          - - Están capacitados para contratar las personas, naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, no estén afectadas por ninguna de las circunstancias que enumera el artículo 71 de la LCSP como prohibiciones para contratar, extremo que se podrá acreditar por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 85 de la LCSP, y que acrediten su solvencia económica o financiera y técnica o profesional en los términos previstos en este Pliego. - Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que a tenor de sus Estatutos o reglas fundacionales les sean propios (artículo 66 de la LCSP). - Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. - Los que contraten con la Administración, podrán hacerlo por sí, o mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello. - En relación con las empresas comunitarias o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y con las empresas no comunitarias se estará a lo dispuesto en los artículos 67 y 68 de la LCSP. - En relación con las Uniones Temporales de Empresarios, resultará de aplicación el artículo 69 de la LCSP.
        Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
        • Trabajos realizados
          - Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los tres últimos años de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato (actividad de hostelería), siempre que el importe anual acumulado en el año de mayor ejecución sea igual o superior al importe de 11.866,47 €, debiendo indicarse además del importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Se considerará suficiente con la acreditación de un solo servicio de igual o similar naturaleza a la del contrato, siempre que éste sea igual o superior a dicho importe. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado mediante un certificado expedido por éste, a falta de este certificado mediante una declaración responsable del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación. Solo para el caso de empresas de nueva creación, entendiéndose por tal aquéllas que tengan una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica o profesional se acreditará por el medio al que se refiere la letra e) del apartado 1. del artículo 90 de la LCSP, sin que les sea exigible la ejecución de un determinado número de servicios. La solvencia técnica o profesional de las empresas de nueva creación se acreditará mediante la aportación de titulación académica ajustada al objeto del contrato del personal profesional encargado directamente de la ejecución del contrato. Las titulaciones académicas se acreditarán mediante copia compulsada del título correspondiente. La empresa licitadora deberá además aportar copia de los TC1 y los TC2.
          Umbral:
          11866.47
          Periodo:
          Anual
        • Plantilla media anual
          - Las empresas licitadoras habrán, por tanto, de contar en su plantilla con el personal profesional indicado en el plazo de finalización de presentación de ofertas y mantenerlos en dicha plantilla durante la totalidad del plazo de duración de la concesión.
        Criterio de Solvencia Económica-Financiera
        • Cifra anual de negocio
          - El volumen anual de negocios referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas por importe igual o superior a un cuarto del valor estimado del contrato (339.042 €), es decir, el volumen de negocios mínimo anual exigido asciende a la cantidad de 84.760,50 € (artículo 87.1 a) de la LCSP). El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil. En todo caso, la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Sector Público acreditará a tenor de lo en él reflejado, y salvo prueba en contrario, las condiciones de solvencia económica y financiera del empresario.
          Umbral:
          84760.5
          Periodo:
          Anual
        • Otros
          - Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar este contrato, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. Por tanto, los licitadores podrán acreditar los requisitos específicos de solvencia económica y financiera y técnica o profesional recogidos en el Pliego basándose en la solvencia y medios de otras entidades. De conformidad con el artículo 75.1 de la LCSP, con respecto a los criterios relativos a los títulos de estudios y profesionales que se indican en el artículo 90.1 e) o a la experiencia profesional pertinente, las empresas únicamente podrán recurrir a las capacidades de otras entidades si éstas van a prestar los servicios para los cuales son necesarias dichas capacidades.

      Preparación de oferta

      • Sobre
        A
      • Tipo de Oferta
        Documentación administrativa
      • Descripción
        SOBRE/ARCHIVO A: denominado DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DEL CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS PREVIOS según se indica en el Anexo I: Declaración Responsable -Documento Europeo Único de Contratación (DEUC).

      Preparación de oferta

      • Sobre
        B
      • Tipo de Oferta
        Oferta económica o evaluable mediante fórmulas
      • Descripción
        SOBRE/ARCHIVO B, denominado PROPOSICIÓN ECONÓMICA. Contendrá la proposición económica con el criterio único valorable en cifras o porcentajes con arreglo al modelo previsto que se adjunta al Pliego como Anexo II: Proposición Económica, debidamente firmada y fechada mediante firma electrónica por quien tenga poder bastante para hacerlo.

      Condiciones de adjudicación

        Criterios de Adjudicación
          Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
        • Mejor oferta económica por anticipación del canon ofrecido
          • Subtipo Criterio : Precio
          • Ponderación : 10
        • Mejor oferta económica por el canon total ofrecido
          • Subtipo Criterio : Precio
          • Ponderación : 70
          Criterios evaluables mediante un juicio de valor
        • Inserción sociolaboral de personas demandantes de empleo
          • Subtipo Criterio : Social
          • Ponderación : 10
        • MEJORAS EN LOS SERVICIOS: Productos de Comercio Justo
          • Subtipo Criterio : Social
          • Ponderación : 5
        • Plan de Igualdad
          • Subtipo Criterio : Social
          • Ponderación : 5