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Número de Expediente 55/19.- CTOS
Publicado en la Plataforma de Contratación del Sector Público el 16-01-2020 a las 11:41 horas.

La ejecución de la obra descrita en el Texto Refundido de fecha de 05/08/19 del “PROYECTO DE MEJORA URBANA DE VIARIOS PÚBLICOS" redactado por el Arquitecto Municipal, D. José Manuel Aboza Lobatón, aprobado por Decreto nº 381/19, de 06/08/19 del Delegado de Hacienda, Recursos Humanos y Régimen Interior, ratificado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha de 10/09/19 (EXPTE. 55/19.-CTOS.)

  • Valor estimado del contrato
    254.316,97 EUR.
  • Importe
    307.723,54 EUR.
  • Importe (sin impuestos)
    254.316,97 EUR.
  • Plazo de Ejecución
    • 7 Mes(es)
  • Tipo de Contrato
    Obras
  • Subtipo
    Construcción
  • Lugar de ejecución
    ES618 Sevilla Viarios públicos
  • Clasificación CPV
    • 45233140 - Obras viales.
    • 45233200 - Trabajos diversos de pavimentación.
    • 45233221 - Trabajos de pintura de la superficie de la calzada.

    Proceso de Licitación

    • Procedimiento
      Abierto simplificado
    • Tramitación
      Ordinaria
    • Presentación de la oferta
      Electrónica
    • Contrato cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP)
      : No
    • Reducción de candidatos en fases sucesivas : No

    Entidad Adjudicadora

    Dirección Postal
    • Plaza Virgen de los Reyes, nº 8
    • (41800)
      Sanlúcar la Mayor
      España
    • ES618
    Contacto
    • Correo Electrónico
      vicesecretaria@sanlucarlamayor.es

    Proveedor de Pliegos

    • Delegado de Hacienda, RRHH y Régimen Interior del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor

    Plazo de Obtención de Pliegos

    • Hasta el 05/02/2020 a las 23:59
    Dirección Postal
    • Plaza Virgen de los Reyes, nº 8
    • (41800)
      Sanlúcar la Mayor
      España
    Contacto
    • Correo Electrónico
      vicesecretaria@sanlucarlamayor.es

    Proveedor de Información adicional

    • Delegado de Hacienda, RRHH y Régimen Interior del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor
    Dirección Postal
    • Plaza Virgen de los Reyes, nº 8
    • (41800)
      Sanlúcar la Mayor
      España
    Contacto
    • Correo Electrónico
      vicesecretaria@sanlucarlamayor.es

    Recepción de Ofertas

    • Delegado de Hacienda, RRHH y Régimen Interior del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor
    Dirección Postal
    • Plaza Virgen de los Reyes, nº 8
    • (41800)
      Sanlúcar la Mayor
      España
    Contacto
    • Correo Electrónico
      vicesecretaria@sanlucarlamayor.es

    Plazo de Presentación de Oferta

    • Hasta el 05/02/2020 a las 23:59
      • Observaciones: El contrato a que se refiere el presente Pliego tiene por objeto la ejecución de la obra descrita en el Texto Refundido de fecha de 05/08/19 del “PROYECTO DE MEJORA URBANA DE VIARIOS PÚBLICOS" redactado por el Arquitecto Municipal, D. José Manuel Aboza Lobatón, aprobado por Decreto nº 381/19, de 06/08/19 del Delegado de Hacienda, Recursos Humanos y Régimen Interior, ratificado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha de 10/09/19 (EXPTE. 55/19.-CTOS.)

    Apertura de Ofertas Económicas y Documentación

    Apertura de Ofertas Económicas

    Apertura de la documentación administrativa y de la documentación cuya cuantificación depende de criterios cuantificables automáticamente

    • Apertura sobre oferta económica
    • El día 06/02/2020 a las 09:00 horas
    • Apertura del sobre único que contiene la documentación administrativa y la documentación cuya cuantificación depende de criterios cuantificables automáticamente
    Lugar
    • Sala de Juntas del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor
    Dirección Postal
    • Plaza Virgen de los Reyes, 8
    • (41800)
      Sanlúcar la Mayor
      España

    Tipo de Acto :
    Público

    Subasta electrónica

    • Se adjudicará mediante subasta electrónica
      : No

    Objeto del Contrato
    : La ejecución de la obra descrita en el Texto Refundido de fecha de 05/08/19 del “PROYECTO DE MEJORA URBANA DE VIARIOS PÚBLICOS" redactado por el Arquitecto Municipal, D. José Manuel Aboza Lobatón, aprobado por Decreto nº 381/19, de 06/08/19 del Delegado de Hacienda, Recursos Humanos y Régimen Interior, ratificado por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión de fecha de 10/09/19 (EXPTE. 55/19.-CTOS.)

  • Valor estimado del contrato
    254.316,97 EUR.
  • Presupuesto base de licitación
    • Importe
      307.723,54 EUR.
    • Importe (sin impuestos)
      254.316,97 EUR.
  • Clasificación CPV
    • 45233140 - Obras viales.
    • 45233200 - Trabajos diversos de pavimentación.
    • 45233221 - Trabajos de pintura de la superficie de la calzada.
  • Plazo de Ejecución
    • 7 Mes(es)
  • Lugar de ejecución
    • Viarios públicos
    • Subentidad Nacional
      Sevilla
    • Código de Subentidad Territorial
      ES618
    • Dirección Postal
      • España

    Condiciones de ejecución del contrato

    • Se aceptará factura electrónica : Sí
    • Condiciones especiales de ejecución de Contrato
      • Consideraciones tipo social - Las establecidas en la Cláusula 20.10.1 del PCAP.

    Condiciones de Licitación

    Garantía Requerida Definitiva

    • Porcentaje
      5 %
    • Plazo de constitución
      • 1 Año(s)

    Requisitos de participación de los licitadores

      Condiciones de admisión
      • Capacidad de obrar
        - Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Número de Identificación Fiscal (NIF). Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente. Cuando sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato una determinada habilitación empresarial, se acompañará certificado que acredita las condiciones de aptitud profesional. La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, se acreditará por su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación. Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa. Sin perjuicio de la aplicación de las obligaciones de España derivadas de acuerdos internacionales, las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo deberán justificar mediante informe que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con los entes del sector público asumibles a los enumerados en el artículo 3, en forma sustancialmente análoga. Dicho informe será elaborado por la correspondiente Oficina Económica y Comercial de España en el exterior y se acompañará a la documentación que se presente. Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano. Las Comunidades de Bienes por carecer de personalidad jurídica, requisito éste exigido en el artículo 65 del LCSP, no pueden concurrir como tales a la adjudicación del presente contrato.
      • No prohibición para contratar
        - La prueba, por parte de los empresarios, de no estar incursos en prohibiciones para contratar podrá realizarse mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos. Cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado. (Esta declaración deberá otorgarse ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado, admitiéndose a tales efectos la otorgada por persona con poder suficiente ante la Secretaria General o Vicesecretaria General del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor, siempre con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de ofertas. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.)
      • Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
        - Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
      • Cumplimiento con las obligaciones tributarias
        - Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Administración del Estado. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre. Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma. Esta certificación podrá ser solicitada y expedida por medios electrónicos en los términos establecidos en el Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet), a través del portal de la Administración de la Junta de Andalucía http://www.juntadeandalucia.es. Certificación acreditativa de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor. Esta certificación se aportará al expediente administrativo de oficio por el Ayuntamiento. Justificante de estar dada de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de que la entidad licitadora esté exenta de este impuesto presentarán declaración responsable justificativa al respecto. Las uniones temporales de empresarios deberán acreditar, una vez formalizada su constitución, el alta en el impuesto, sin perjuicio de la tributación que corresponda a las empresas integrantes de la misma.
      Criterio de Solvencia Técnica-Profesional
      • Trabajos realizados
        - La solvencia técnica o profesional se acreditará mediante una relación de las obras ejecutadas en el curso de los cinco últimos años, avalada por certificados de buena ejecución ; estos certificados, suscritos por la Dirección Facultativa de las obras, indicarán, el importe, las fechas y el lugar exacto de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término; en su caso, dichos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente. El órgano de contratación podrá inadmitir los certificados que no se ajusten en su contenido a lo expuesto, pudiendo rechazar de la licitación a los empresarios que no lo aporten en dichos términos. Del examen de los certificados aportados debe resultar un mínimo de una obra de naturaleza análoga al objeto de licitación que represente un importe igual o superior a 100.000 euros. A efectos de determinar que se trata de obras de naturaleza análoga, tendrán tal consideración las obras de urbanización u obras ordinarias de urbanización (mejora, reforma o nueva ejecución) en viales o plazas públicas. La determinación de obra análoga se verificará mediante el análisis de los certificados de buena ejecución aportados por el licitador, que deberán incluir descripción suficiente del carácter de las obras de manera que estas puedan asimilarse o no a la definición anterior, bien mediante su título, definición o relación de unidades de obra ejecutadas. En caso de obras que comprendan varias actuaciones de las cuáles unas puedan asimilarse al concepto definido y otras no, se deberá incluir en la documentación acreditativa descripción de las unidades de obra ejecutadas que están relacionadas con el objeto del contrato y sean análogas según el concepto definido, de manera que pueda computarse como importe el correspondiente a dichas unidades.No obstante lo anterior, podrá acreditarse la solvencia económica y financiera y técnica o profesional, sin necesidad de aportar la documentación relacionada en esta cláusula 17.4, si la empresa acredita la obtención de la siguiente clasificación: Grupo G, Subgrupo 6, Categoría 2
      Criterio de Solvencia Económica-Financiera
      • Cifra anual de negocio
        - La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la aportación de una Declaración sobre el volumen anual de negocios o, en su caso, sobre el volumen anual de negocios en el ámbito a que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, por importe igual o superior a 100.000 euros. Dicha declaración irá acompañada del resumen anual de la declaración del I.V.A. (modelo 390) correspondiente a dicho mejor ejercicio dentro de los últimos tres ejercicios.

    Preparación de oferta

    • Sobre
      ÚNICO
    • Tipo de Oferta
    • Evento de Apertura
      Apertura de la documentación administrativa y de la documentación cuya cuantificación depende de criterios cuantificables automáticamente
    • Descripción
      PROPOSICIÓN PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN DE LA OBRA DE MEJORA URBANA DE VIARIOS PÚBLICOS (EXPTE. 55/19.-CTOS)

    Condiciones de adjudicación

      Criterios de Adjudicación
        Criterios evaluables mediante aplicación de fórmulas
      • Mejoras de los materiales que el licitador propone en la obra relacionada en la cláusula 14.3.2.B) del PCAP
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 10
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 10
      • Mejoras económicas
        • Subtipo Criterio : Otros
        • Ponderación : 70
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 70
      • Precio ofertado
        • Subtipo Criterio : Precio
        • Ponderación : 20
        • Cantidad Mínima : 0
        • Cantidad Máxima : 20

    Plazo de Validez de la Oferta

    • 3 Mes(es)

    • Se aceptará factura electrónica

    Subcontratación permitida
    • Porcentaje de Subcontratación
      60 %

    Proceso de Licitación

      Subasta electrónica

      • Se adjudicará mediante subasta electrónica
        : No