Trabajos realizados - Art. 89.1 a) de la LCSP, referido a los tres últimos años, de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, en la que se indicará su importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. Debiendo importar éstos una cantidad igual o superior a las cantidades que, a continuación, se indica 5.090,90 €.
Cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica de conformidad con lo dispuesto en el artículo 89.1 letras e) y h) de la LCSP, se acreditará con muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.
La acreditación inicial de la solvencia especificada se efectuará mediante la cumplimentación de la Declaración responsable de cumplimiento de requisitos previos conforme al modelo Anexo Nº. 2.1 del PCAP. Conforme al artículo 150.2 de la LCSP, una vez aceptada la propuesta de la mesa por el órgano de contratación, los servicios correspondientes requerirán al licitador que haya presentado la mejor oferta, para que presente la documentación acreditativa que se le requiera.