La solvencia económica y financiera se acreditará mediante la aportación de una
declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el
ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido al último ejercicio disponible
en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades de la empresa. (Indicar, el importe
de la facturación que la empresa ha gestionado durante el último año). Dicha declaración irá
acompañada del resumen anual de la declaración del I.V.A. (modelo 390) correspondiente al
último ejercicio.
Para la acreditación de la solvencia técnica o profesional los licitadores deberán aportar
los documentos que se señalan a continuación:
1.- Se considera imprescindible para la correcta ejecución de los trabajos que los licitadores tengan
experiencia en la realización de contratos de Servicios Energéticos. Para justificar la misma, el
ofertante acreditará, mediante el contrato, tener contratado al menos un contrato de Servicios
Energéticos, en el cual se gestione un número de puntos de luz igual o superior a los de la
presente licitación ( 1294 ), así mismo también se podrá acreditar esta solvencia aportando dos o
mas contratos entre los cuales sumen el mismo número de puntos de luz.