Descripción invitado un único licitador, según permite el artículo 168. Apartado a) 2ª de la LCSP, cuando las obras, los suministros o los servicios solo puedan ser encomendados a un empresario determinado, por alguna de las siguientes razones: que el contrato tenga por objeto la creación o adquisición de una obra de arte o representación artística única no integrante del Patrimonio Histórico Español; que no exista competencia por razones técnicas; o que proceda la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial.
Las razones de exclusividad han quedado acreditadas en el informe de necesidad del Sr. Concejal de Cultura y en el informe de acompañamiento suscrito por el Técnico de Cultura municipal, señalando que desde el área de Cultura del Ayuntamiento de Peñíscola se estima que este servicio únicamente puede efectuarlo la Asociación Musical Virgen de Ermitana de Peñíscola debido a razones técnicas y artísticas, y es que no hay ninguna otra agrupación que pueda ofrecer un servicio de estas características.
La Banda de Música “Virgen de la Ermitana”de Peñsicola esta especializada en la interpretación de las piezas musicales características e identificativas del municipio de Peñíscola, siendo la calidad interpretativa, y el conocimiento exhaustivo de las piezas que interpretan fundamental para el desarrollo adecuado de las actuaciones propias del municipio. Algunas de dichas piezas han sido compuestas a lo largo de la historia por músicos componentes de la banda; y prácticamente toda la actividad artística de la misma, se enmarca dentro de la oferta cultural, de festejos y tradiciones del Ayuntamiento de Peñíscola, y por tanto su conocimiento artístico y técnico de las obras, así como su estructura organizativa de los actos propios de la población es requerido en la contratación.