Dado que se trata de contratos cuyo objeto consiste en servicios profesionales, la solvencia económica y financiera se acreditará mediante un seguro de indemnización por riesgos profesionales, vigente hasta el fin del plazo de presentación de ofertas junto con un compromiso de su renovación o prórroga que garantice el mantenimiento de su cobertura durante toda la ejecución del contrato. Alternativamente se podrá aportar un compromiso vinculante de suscripción de un seguro de indemnización por riesgos profesionales, en caso de resultar adjudicatario.
Se aportará un seguro para cada Lote, en caso de que un licitador se le adjudiquen varios Lotes podrá presentar un Seguro por importe de la suma de los valores de los Lotes.
Se acreditará mediante Certificado expedido por el asegurador, en el que consten los importes y riesgos asegurados y la fecha del vencimiento del seguro, o mediante compromiso vinculante de suscripción, prórroga o renovación del seguro, en los casos que proceda.
Relación de los principales contratos de características similares al que es objeto de la licitación, ejecutados por el licitador en los TRES últimos ejercicios, acompañadas de certificados o informes de buena ejecución de al menos TRES de ellos. Se entenderá por “contratos similares” aquellos cuyas prestaciones sean coincidentes al menos en un 50% a las que son objeto de esta contratación y un presupuesto total de ejecución que no sea inferior a un 50% del que es objeto de licitación.
En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista sea una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se podrá acreditar por el siguiente medio:
1.- Títulos académicos y profesionales del empresario y de los directivos de la empresa y, en particular, del responsable o responsables de la ejecución del contrato, así como de los técnicos encargados directamente de la misma.