Otros - La solvencia técnica se acredita mediante la Declaración Responsable del Anexo I. Cuando así se requiera, el licitador acreditará su solvencia técnica mediante el siguiente medio:
1) Relación de los principales servicios o trabajos de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo, los tres últimos años, en la que se indique el importe, fechas y destinatario, público o privado, de los mismos.