- Capacidad de obrar
- Sí, cláusula 4 del PCAP
- Contratos reservados. Reservado a Centros Especiales de Empleo, o talleres protegidos
- No procede
- Contratos reservados. Reservado a programas de empleo protegido.
- No procede
- Preferencia para empresas con trabajadores con discapacidad
- Sí, se establece como criterio de desempate
- Preferencia para empresas dedicadas a la promoción e inserción laboral de personas en situación de exclusión social
- Sí, se establece como criterio de desempate
- No prohibición para contratar
- Sí, cláusula 18 del PCAP, de conformidad con el art. 71 de la LCSP
- No estar incurso en incompatibilidades
- Sí, cláusula 18 del PCAP de conformidad con el art. 71 de la LCSP.
- Cumplimiento con las obligaciones con la Seguridad Social
- Sí, cláusula 18 del PCAP de conformidad con el art. 71 de la LCSP.
- Cumplimiento con las obligaciones tributarias
- Sí, cláusula 18 del PCAP de conformidad con el art. 71 de la LCSP.
- No haber sido adjudicatario de los contratos anteriores de dirección y/o supervisión de la obra.
- No procede
- Estar prerregistrado en el ROLECE, y declarar que no ha habido modificaciones en los datos registrados
- Cláusula 18.2.6 del PCAP
- Para las empresas extranjeras, declaración de sometimiento a la legislación española.
- Sí