Otros - Las empresas deberán contar con una solvencia técnica adecuada y vinculada al objeto e importe del contrato.
Las empresas acreditaran su solvencia técnica mediante la presentación de una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los 3 últimos años por un importe igual o superior al del contrato. Deberá incluir el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Los suministros efectuados se acreditaran mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público. Cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este, o a falta de dicho certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.