Trabajos realizados - Justificación del cumplimiento de la solvencia técnica y profesional solicitada en el PCAP:
Una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar
naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de los últimos 3 años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de
los mismos. En la relación de servicios se indicará, art. 90.1.a LCSP, el importe, la fecha
y el destinatario, público o privado de los mismos, por un importe anual acumulado en el
año de mayor ejecución igual o superior a 33.000,00 € (sin IVA), equivalentes
aproximadamente con el 70% de la anualidad media del contrato que se licita. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán en la forma establecida en el art. 90.1 a)
LCSP.
En relación con los medios de acreditación arriba señalados, se exigen los siguientes
niveles mínimos: DOS (2) trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que
constituyen el objeto del contrato realizados en los últimos tres años.
En los contratos no sujetos a regulación armonizada, cuando el contratista acredite
que se trata de una empresa de nueva creación, entendiendo por tal aquella que tenga
una antigüedad inferior a cinco años, su solvencia técnica se acreditará por los medios
que se señalan a continuación:
De acuerdo con lo expresado en el art. 90.1 h) LCSP, declaración indicando el equipo
técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos, a la que se adjuntará la
documentación acreditativa pertinente cuando le sea requerido por los servicios
dependientes del órgano de contratación.