Descripción El Decreto 120/2002, de 7 de noviembre, que regula el Régimen Jurídico de la Autonomía de Gestión Económica de los Centros Docentes Públicos no Universitarios, en su artículo 13 y la Orden PAT /285/2003, de 28 de febrero (BOCYL de 25 de marzo), que desarrolla parcialmente el Decreto anterior, en su artículo 11, recogen las actuaciones a realizar anualmente por los centros públicos docentes no universitarios para solicitar tanto el equipamiento nuevo por ampliación y mejora de espacios o áreas docentes, como las de reposición de los bienes dados de baja en el inventario con vista al siguiente curso escolar.
Con independencia de esta obligación normativa, la Dirección Provincial de Educación de Soria se dirige a los centros docentes públicos no universitarios, informándoles que, para una correcta planificación en materia de equipamiento de centros escolares, se necesita:
Disponer de la información actualizada por cada centro de las necesidades de equipamiento para el curso escolar 2024/25.
Conocer la prioridad de las necesidades que cada centro presenta
Diferenciar el tipo de equipamiento necesario (aula, didáctico, deportivo, etc…) y si se trata de equipamiento nuevo o de reposición.
En paralelo a la petición realizada a los centros escolares públicos de Soria, se solicitó desde la Secretaría Técnica Administrativa de la Dirección Provincial información del Área de Inspección Educativa y al Área Técnica de Construcciones y Equipamiento, en el primer caso, sobre las previsiones para el curso escolar 2024/2025.
Según el crédito asignado a la Dirección Provincial de Soria, se confecciona el contrato que nos ocupa para adquirir mobiliario y equipamiento nuevo para el próximo curso escolar 2024/2025, con destino dos Centros de Educación Secundaria: IES Santa Catalina (El Burgo de Osma) e IES Virgen del Espino de Soria, dando cumplimiento a la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
En virtud de lo dispuesto en el artículo 32.3 Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible se garantiza la sostenibilidad presupuestaria en la ejecución de este contrato.