Cifra anual de negocio - La solvencia económica mínima exigida a las candidatas es contar con un volumen anual de negocio, o volumen anual de negocio en el ámbito del objeto del contrato, igual a una vez y media el valor estimado del contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los tres últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario y de presentación de las ofertas, que asciende, sin incluir el IGIC, a 481.595’68 €.Se acreditará por medio de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, si el empresario estuviera inscrito en dicho registro, y en caso contrario por las depositadas en el registro oficial en que deba estar inscrito. Los empresarios individuales no inscritos en el Registro Mercantil acreditarán su volumen anual de negocios mediante sus libros de inventarios y cuentas anuales legalizados por el Registro Mercantil.