Otros - La solvencia técnica o profesional deberá acreditarse por los siguientes medios:
Una relación de los principales suministros realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos. El importe anual en el año de mayor ejecución dentro del plazo indicado deberá ser igual o superior al presupuesto base de licitación (sin IVA) 186.000,00 €.
Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario acompañado de los documentos obrantes en poder del mismo que acrediten la realización de la prestación.